Instalación
Instalación de gas
La instalación debe ser reali-
zada solamente por un insta-
lador-montador autorizado o
por una persona con autori-
zación del fabricante. Los
trabajos realizados por per-
sonas no competentes pue-
den causar danos en perso-
nas y/o danos materiales, y
reducir el funcionamiento
del producto.
Este aparato de gas cuenta con la
homologación y el marcado CE en
conformidad con la Directiva sobre
los aparatos de gas (90/396/CEE), la
Directiva Baja Tensión (73/23/CEE)
y la Directiva EMC (89/336/CEE),
con sus respectivas modificaciones.
La instalación de gas debe realizarse
en conformidad con el reglamento
de gas (GR).
No debe modificarse la construcción
técnica del aparato de gas.
Prueba de la tasa de fuga
En la prueba de la tasa de fuga, el
aparato no debe someterse a presio-
nes superiores a 150 mbar.
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